En el matrimonio es fundamental entender las distintas posibilidades legales que en nuestro derecho existe para regular las relaciones entre los cónyuges, centrándonos en el ámbito patrimonial o económico. Las capitulaciones matrimoniales es un acuerdo entre los cónyuges donde se recogen entre otras disposiciones el régimen económico, entre los que se encuentra la separación de bienes, acuerdos que pueden establecerse antes o durante el matrimonio.
En este artículo, explicaremos en detalle las diferencias entre la separación de bienes y las capitulaciones matrimoniales, cómo se realizan y sus consecuencias legales. Veremos las opciones que nos da la ley para regular las relaciones económicas dentro del matrimonio.
¿En qué se diferencia la separación de bienes y las capitulaciones matrimoniales?
Momento de Establecimiento:
- Separación de bienes: se puede establecer antes de contraer matrimonio o después de casarse, pudiendo modificar el régimen económico durante la vida matrimonial.
- Capitulaciones matrimoniales: se acuerdan antes de la celebración del matrimonio y entran en vigor al contraer matrimonio.
Alcance y Naturaleza:
- Separación de bienes: implica que cada cónyuge mantiene su patrimonio de forma individual durante el matrimonio y en caso de divorcio.
- Capitulaciones matrimoniales: establecen acuerdos sobre cómo se administrarán los bienes durante el matrimonio y cómo se distribuirán en caso de divorcio o separación.
Contenido:
- Separación de bienes: establece la independencia financiera de cada cónyuge, manteniendo sus propios activos y deudas por separado.
- Capitulaciones matrimoniales: pueden abordar una amplia gama de temas, como la distribución de bienes, la gestión financiera durante el matrimonio, las pensiones alimenticias y la herencia.
Flexibilidad:
- Separación de bienes: proporciona una mayor autonomía financiera a cada cónyuge, permitiendo la gestión individual de sus propios bienes y deudas.
- Capitulaciones matrimoniales: ofrecen flexibilidad para adaptar las reglas según las necesidades y preferencias de la pareja, estableciendo condiciones específicas sobre cómo se manejarán los asuntos económicos y patrimoniales.
Requisitos Legales:
- Separación de bienes: requiere formalizarse a través de un proceso notarial y su registro en el Registro Civil para que tenga plena validez legal.
- Capitulaciones matrimoniales: también deben ser formalizadas ante notario y registradas, siguiendo los procedimientos legales establecidos por la jurisdicción correspondiente.
Separación de bienes o gananciales
El régimen económico matrimonial que una pareja elige puede tener un impacto importante en cuanto a las relaciones económicas entre los cónyuges tanto durante el matrimonio como en los supuestos de separación o divorcio.
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Dos de los regímenes más comunes son el de separación de bienes y el régimen de gananciales. Estos regímenes económicos determinan cómo se organizan los activos y las deudas adquiridas por los cónyuges durante el matrimonio y el destino para cuando concluye el matrimonio. Es importante saber cuáles son sus diferencias y cómo cada uno puede afectar a los cónyuges.
¿Cómo se hace una separación de bienes?
La separación de bienes es un régimen económico matrimonial que permite que cada cónyuge mantenga su propio patrimonio de manera individual separando así su patrimonio del patrimonio de su pareja, lo que puede ser un régimen muy adecuado para regir las relaciones económicas en la pareja.
En este apartado, expondremos los pasos y requisitos necesarios para llevar a cabo una separación de bienes. Partiremos desde el asesoramiento judicial hasta los trámites notariales y de registro civil que se deben seguir para establecer este régimen y garantizar su validez y eficacia.
- Asesoramiento Legal: Es fundamental buscar asesoramiento legal de un abogado especializado en derecho familiar para comprender completamente las implicaciones de la separación de bienes y cómo se aplica en la jurisdicción específica.
- Redacción de Capitulaciones Matrimoniales: El abogado redactará un documento legal llamado «capitulaciones matrimoniales» que establecerá el régimen de separación de bienes deseado. Este documento debe ser claro y preciso en las disposiciones y acuerdos económicos entre los cónyuges.
- Firma de Capitulaciones Matrimoniales: Ambas partes deben firmar las capitulaciones matrimoniales ante un abogado o notario público. La firma indica el acuerdo mutuo sobre la separación de bienes y sus términos.
- Elevación a Escritura Pública: Las capitulaciones matrimoniales deben elevarse a escritura pública ante notario. Esta formalización es crucial para garantizar su validez y legalidad.
- Inscripción en el Registro Civil: Una vez que las capitulaciones matrimoniales estén en forma de escritura pública, deben inscribirse en el Registro Civil correspondiente. La inscripción certifica que el régimen de separación de bienes está legalmente establecido.
Separación de bienes después del matrimonio
La decisión sobre el régimen económico matrimonial no es inmutable, al contrario, en él se recogen todas las disposiciones que los cónyuges estimen conveniente para regular las distintas situaciones y circunstancias que pueden darse durante e incluso después del matrimonio.
La separación de bienes, un régimen donde cada cónyuge mantiene su propio patrimonio de forma independiente, puede establecerse no sólo antes del matrimonio sino también tras la celebración del matrimonio de la misma manera expuesta anteriormente. Se llevará a cabo redactando las capitulaciones matrimoniales, elevándolas a Escritura Pública e inscribiéndolas en el Registro Civil.
La separación de bienes después del matrimonio es un proceso que se hace necesario disponer de especialistas puesto que puede llegar a ser más complejo si las parejas deciden también que se proceda al reparto de los bienes que constituían la sociedad de gananciales vigente. En este supuesto, debe realizarse un inventario de los bienes que posee el matrimonio y adjudicarlos a cada miembro de la pareja además de liquidar los respectivos impuestos y en base a eso realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad de la titularidad de los bienes de cada uno.
Régimen de participación
En el ámbito de los regímenes económicos matrimoniales, el régimen de participación ofrece una alternativa única. Este régimen se caracteriza por, mientras está en vigor, seguir las reglas del régimen de gananciales, y al concluir sigue las reglas de separación de bienes. En otras palabras, permite a cada cónyuge tener una participación justa en los beneficios generados por el otro durante el matrimonio.
Es fundamental entender cómo funciona este régimen y cómo afecta a la distribución de bienes y responsabilidades para el caso de separación o divorcio.
En este modelo, se determina la diferencia entre el patrimonio inicial y final de cada uno, y si hay disparidades, el cónyuge con mayor patrimonio compensa al otro para lograr equidad financiera. Este régimen fomenta la autonomía financiera durante el matrimonio y garantiza una distribución justa de las ganancias acumuladas al finalizar la relación matrimonial.