Incumplimiento del régimen de visitas: Vías de Acción

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¿Estableciste un régimen de visitas con tu ex pareja durante el proceso de divorcio y se está incumpliendo? Por desgracia, este tipo de faltas a los acuerdos designados tras una separación en la que hay presentes hijos menores son más frecuentes de lo que deberían.Por eso, a continuación exponemos qué se puede hacer ante un caso de incumplimiento del régimen de visitas y si su reiteración es delito o no. Presta atención. Ofrecemos servicios de abogacía de divorcios en Málaga.

¿Es obligatorio cumplir el régimen de visitas?

El régimen de visitas es un deber y derecho para el progenitor que no tiene la custodia del menor, por lo tanto es obligatorio cumplir el régimen de visitas y ambos progenitores pueden exigir dicho cumplimiento.

Cuándo se da incumplimiento del régimen de visitas tras un proceso de divorcio

Tras un divorcio en el que la pareja cuenta con hijos menores en común, se establece la custodia de los niños. Esto quiere decir que un progenitor custodio convivirá habitualmente con los menores, mientras que para el progenitor no custodio se establece un régimen de visitas.

Este régimen permite que ambos progenitores pasen tiempo con sus hijos y conserven los vínculos que se habían establecido previamente a la separación. El régimen de visitas es tanto un derecho, el que permite al progenitor mantener la relación con sus hijos, como un deber, pues cumplirlo es obligatorio.

Sin embargo, en ocasiones esto no ocurre así, y aparece lo que llamamos un incumplimiento del régimen de visitas, que puede venir provocado por ambos progenitores. A continuación, te contamos por qué suele suceder.

En Bufete de Damas contamos con abogados de familia en Málaga especializados. Contacte con nosotros para obtener más información y busque una solución legal a su situación.

Causas frecuentes de incumplir el régimen de visitas acordado

Cuando hablamos de incumplimiento del régimen de visitas hablamos de 2 posibilidades:

  1. El progenitor no custodio no acude a las visitas establecidas.
  2. El progenitor custodio obstaculiza el derecho del otro progenitor a las visitas.

Normalmente, esto pasa por los siguientes motivos:

  • Lo más frecuente es que el progenitor no custodio no cumpla el régimen por voluntad propia, alegando motivos laborales, personales o de cualquier otra índole.
  • Pero también hay ocasiones en las que el progenitor custodio impide que se realicen las visitas, en este caso argumentando habitualmente otros incumplimientos como el pago de la pensión alimenticia, problemas de relación entre progenitor y menor o incompatibilidad temporal.
  • El caso menos frecuente de que el propio menor no quiera ver al progenitor no custodio suele aparecer en ex-parejas que mantienen una relación sumamente hostil. Pero también puede suceder porque aparezcan nuevas parejas o ambientes familiares en los que el menor no está agusto o, incluso, por manipulación por parte del progenitor custodio.

Pero estos casos de incumplimiento pueden ser puntuales o extenderse en el tiempo, de forma que el régimen de visitas pueda llegar a desaparecer. En algún caso, ¿este incumplimiento supone incurrir en delito?

¿Es delito el incumplimiento reiterado del régimen de visitas?

A día de hoy en España, y tras la reforma penal de 2015, el incumplimiento del régimen de visitas no se considera un delito penal. Sin embargo, sí puede suponer la desobediencia ante un tribunal que ha establecido las medidas para el bienestar de los menores.

Esto quiere decir que, una vez que se incumple de manera reiterada el régimen de visitas, la primera opción es iniciar una demanda por vía civil buscando que un juez obligue a cumplir el régimen de visitas que establezcan el convenio o sentencia.

Si durante el desarrollo de la vía civil se observa la total desobediencia y obstinación del progenitor no custodio en su incumplimiento, ya sí se podría estar hablando de un delito de desobediencia que puede denunciarse.

En cualquier caso, lo que se debe tener claro es que los incumplimientos al final repercuten negativamente en el bienestar de los menores, por lo que se deben intentar superar diferencias personales y buscar una vía para solucionar esta situación.

Plan de acción ante un incumplimiento del régimen de visitas a hijos menores

Ante el incumplimiento del régimen de visitas, independientemente del progenitor que esté desobedeciendo los acuerdos de custodia, existen diversas estrategias a llevar a cabo para solventarlo. Todo ello, siempre poniendo en primer lugar el bienestar de los menores para los que se ha diseñado dicho régimen.

Acuerdo amistoso para solucionar el incumplimiento

Buscar la comunicación y acuerdo amistoso entre ambos progenitores siempre será la mejor opción, aunque en muchas ocasiones resulta prácticamente imposible. Sin embargo, este es el recurso más beneficioso para los menores, y se debe intentar siempre.

En caso de acordar un nuevo acuerdo de régimen de visitas, recuerda:

  • Nunca dejar que este acuerdo sea meramente verbal.
  • Si el acuerdo es temporal, en casos de larga enfermedad, por ejemplo: Lo recomendable es que ambos progenitores firmen un documento que los vincule.
  • Si el acuerdo es definitivo: La variación del régimen de visitas acordado previamente debe comunicarse. Para ello hay que presentar una demanda de modificación de las medidas establecidas en la sentencia o convenio.

Pero si no es posible llegar a un acuerdo, y sólo si el incumplimiento es reiterado, se pueden tomar otra serie de medidas.

Iniciar el proceso de requerimiento fehaciente y vía civil

Ante la continuación del incumplimiento del régimen de visitas y el desacuerdo entre progenitores, se debe dar comienzo al siguiente proceso:

  1. Realizar un requerimiento fehaciente: Este primer paso supone exigir al progenitor que está incumpliendo el régimen el cumplimiento del convenio o sentencia de divorcio. Este requerimiento es un documento que adquiere su carácter fehaciente, es decir, su valor probatorio, al enviarse mediante notario o burofax.
  2. Acumulación de pruebas: Si tras el requerimiento persiste el incumplimiento, llega el momento de recopilar las evidencias que permitan probar el incumplimiento. Para ello, un abogado experto en divorcios y derecho de familia aportará toda la información sobre las pruebas a recoger.
  3. Vías de acción civil: A la hora de acudir a un juez, se puede tanto optar por la mediación judicial o directamente interponer una demanda que reclame la ejecución de la sentencia de divorcio o el convenio regulador. Esta demanda requiere su presentación por parte de un abogado.

Una vez la demanda se admite a trámite, el juez exige al progenitor que incumple el régimen que cumpla su deber de acatar lo acordado durante el proceso de divorcio. En caso de que el incumplimiento persista, el juez fijará multas mensuales de carácter coercitivo con la cantidad que estime oportuna. Si esta medida sigue sin suponer ningún cambio, el propio magistrado puede dictar un nuevo régimen de visitas.

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