Supone una de las principales especialidades de nuestro bufete. Somos muy conscientes de lo duro que es una crisis matrimonial en una pareja, así como las dificultades para que haya acuerdos entre la pareja, y que no solo sean de interés para ambos, sino en todo caso, para los hijos en común de la pareja.
Por ello consideramos importante realizar una labor de mediación y conciliación, recurriendo a las diferentes vías que existan para alcanzar una solución que satisfaga a ambas partes y no tener que recurrir a la vía contenciosa.
En el caso de que una de las partes se negase a colaborar y hacer imposible un acuerdo, se procedería inmediatamente a acudir a una vía contenciosa intentando, en todo caso, para usted que la situación resulte lo más beneficiosa posible.
Nulidad matrimonial
Un enlace eclesiástico es aquel que se realiza entre una mujer y un hombre en función de los ritos de la Iglesia, cuya funcionalidad viene recogida en el derecho canónico elaborado por la misma institución religiosa.
Hablamos de un matrimonio aceptado entre ambas partes, en la que una de ellas al menos (si uno no perteneciese a la Iglesia, la conferencia debería daros una licencia para consentirlo) debe ser bautizada y conformada en base a los mandamientos católicos.
El derecho canónico establece que un matrimonio es para siempre y no puede ser deshecho salvo por causa de muerte de uno de los cónyuges.
Sin embargo, la Iglesia establece casos en los que se podría plantear la nulidad matrimonial, un supuesto que nace a partir de una reforma promulgada por el papa Francisco I en septiembre de 2015 con la finalidad de que este trámite fuese gratuito y se realizase de forma breve.
Desde finales de ese año, los procedimientos de nulidad matrimonial son ligeramente más rápidos como consecuencia de estas reformas incentivadas por la Iglesia Católica para aumentar la rapidez de los procedimientos de nulidad para certificar que la unión no sea válida.
Pasos para conseguir la nulidad matrimonial
Con la modificación del derecho, las autoridades eclesiásticas quieren impedir que, ante los costes y la complejidad de los procedimientos de nulación del matrimonio, los católicos puedan romper esta unión de manera civil.
En el caso de estar pensando en empezar las gestiones para conseguir la nulidad de su matrimonio y poder contraer en un futuro un nuevo matrimonio religioso, lo primero es ponerse en contacto con Bufete de Damas, quien le encomendará ir al tribunal eclesiástico de la diócesis en donde se celebró la boda.
Ya allí, un experto en derecho canónico valora las diferentes posibilidades que tiene para empezar el proceso para dar fin a su matrimonio eclesiástico.
Con respecto a este paso, tenemos que clarificar que cuando va uno de los cónyuges de la pareja a la diócesis es suficiente, porque no es necesario la conformidad de ambos para dar comienzo a la tramitación.
Ahora, aunque nosotros recomendamos que sea desde antes, el que busca la nulidad matrimonial tiene que elegir a un abogado especializado en nulidades matrimoniales para que le ayude y asesore en todo el proceso.
Nuestro despacho de abogados se pone completamente a su disposición para ayudarle en todo lo que necesite sobre su nulidad matrimonial.
Causas frecuentes para pedir la nulidad matrimonial
Estas son las tres causas principales por las que se suele solicitar la nulidad matrimonial.
Defectos de forma
Se relaciona con la manifestación del consentimiento externo y los requisitos de forma. Se parte de la base de que todo matrimonio celebrado es legítimo, por lo tanto, no es la legitimidad lo que hay que probar, sino la invalidez.
La Iglesia desea que el matrimonio sea vivido y celebrado no solo válida, sino, provechosamente, es decir, que dé lugar a una vida abundante y plena.
Impedimentos matrimoniales
Se da el caso cuando los cónyuges no son aptos para el matrimonio porque existe alguna particularidad que impide vivir en esplendor el matrimonio: la edad, impotencia para realizar el acto conyugal, votos religiosos, consanguinidad, existencia de una relación matrimonial previa…
Defectos o vicios en el consentimiento
Esto se produce en dos ocasiones:
- Existe una incapacidad que influye en el consentimiento: incapacidad para asumir las obligaciones del matrimonio, o discreción de juicio (grado de madurez personal que posibilita al cónyuge distinguir para responsabilizarse sobre los deberes y derechos esenciales del matrimonio).
- Existe ignorancia sobre que supone el matrimonio, exclusión del matrimonio, o también de alguna de sus propiedades o componentes esenciales. Asimismo, cuando se da engaño o error, miedo y condición.
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